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jueves, 4 de febrero de 2010

¿Sabes Calcular tu CTS?


La CTS es un beneficio social adquirido por el trabajador que labora como mínimo 8 horas diarias y/o 48 horas semanales, tiene como objeto la protección del trabajador de las contingencias del cese. este beneficio es otorgado por el empleador semestral mente.
Calculó de CTS de Noviembre a Abril y se cancela como máximo hasta el 15 de mayo
Calculó de CTS de Mayo a Octubre y se cancela como máximo hasta el 15 de noviembre
El monto a abonar en cada oportunidad es el resultado de la siguiente operación:
(Remuneracion + Asignación Familiar + 1/6 Gratif) / 360 X Días trabajados en el semestre

1 comentario:

Anónimo dijo...

buen dato